Opiniones Cupra Formentor 1.4 e-HYBRID 150 KW (204 CV) DSG 6 vel

  • Autor de tema Autor de tema Tyrol
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De momento las baterías las tenemos garantizadas durante 8 años, por lo que si hubiese una actualización con mayor capacidad y la ofrecieran, seguro que se evitarían pagar algunas que ya estarán degradadas.
En mi caso realizamos casi todos los trayectos en eléctrico, de hecho hemos hecho 3400 km con un solo depósito de gasolina….agradecería como ha dicho Turbason unos km más de autonomía🤣🤣.

Yo sí que creo que la tecnología de las baterías puede avanzar mucho y hacer que sean más asequibles. Comparad las baterías de los primeros móviles de Nokia con las actuales...
En cualquier caso, el litio estará en la batería degradada y se podrá reciclar, con lo que cada vez será menos escaso... y si a los seis años veo que va decayendo en capacidad... pues toca cambiar de coche y me doy otro estreno...
Saludos!
 
La semana pasada probé algo que no había probado hasta ahora, por saber cómo funciona. Se trata de la opción de "Carga reducida" en la pantalla de gestión de energía. Lo probé cuando conecté a cargar el coche con el Wallbox. Pude comprobar que si lo activas, la carga del coche se hace a 6 A de corriente. El Wallbox lo tengo puesto para cargar a 13A. Con esto en la pantalla del coche me indicaba que le quedaban unas 3h y algo para terminar la carga. Activé esta opción el tiempo de carga restante pasó a 6h y pico. El cálculo de corriente me daba justo 6A (1380 W).
Esto es una buena opción si te encuentras con no dispones nada más de un enchufe casero y no sabes la potencia que puede soportar.
 

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Yo sí que creo que la tecnología de las baterías puede avanzar mucho y hacer que sean más asequibles. Comparad las baterías de los primeros móviles de Nokia con las actuales...
En cualquier caso, el litio estará en la batería degradada y se podrá reciclar, con lo que cada vez será menos escaso... y si a los seis años veo que va decayendo en capacidad... pues toca cambiar de coche y me doy otro estreno...
Saludos!

Nuestras baterías están garantizadas 8 años para una capacidad de carga no inferior al 70% del nominal ¿no?
 
La semana pasada probé algo que no había probado hasta ahora, por saber cómo funciona. Se trata de la opción de "Carga reducida" en la pantalla de gestión de energía. Lo probé cuando conecté a cargar el coche con el Wallbox. Pude comprobar que si lo activas, la carga del coche se hace a 6 A de corriente. El Wallbox lo tengo puesto para cargar a 13A. Con esto en la pantalla del coche me indicaba que le quedaban unas 3h y algo para terminar la carga. Activé esta opción el tiempo de carga restante pasó a 6h y pico. El cálculo de corriente me daba justo 6A (1380 W).
Esto es una buena opción si te encuentras con no dispones nada más de un enchufe casero y no sabes la potencia que puede soportar.

Sí, buena opción para usar enchufes convencionales (o no reforzados) sin miedo a incendiar nada o a tirar abajo magnetotérmicos (los plomos).
Y una opción muy recomendable para estirar la vida de las baterías. La teoría dice que cuanto menor es la corriente de carga, menor temperatura por efecto Joule y mejor para las celdas de litio. También os digo que no creo que la degradación sea significativa entre cargar a 6 A o a 13A. Otra cosa sería cargar a 32A (7,4 kW) o más... pero nuestros coches sólo admiten corrientes de carga hasta 16A (3,7 kW) con wallbox o similar.
Yo cargo a 10A en enchufe reforzado, total, hago una única carga nocturna y lo mismo me da que dure 3h o 6h...
 
La semana pasada probé algo que no había probado hasta ahora, por saber cómo funciona. Se trata de la opción de "Carga reducida" en la pantalla de gestión de energía. Lo probé cuando conecté a cargar el coche con el Wallbox. Pude comprobar que si lo activas, la carga del coche se hace a 6 A de corriente. El Wallbox lo tengo puesto para cargar a 13A. Con esto en la pantalla del coche me indicaba que le quedaban unas 3h y algo para terminar la carga. Activé esta opción el tiempo de carga restante pasó a 6h y pico. El cálculo de corriente me daba justo 6A (1380 W).
Esto es una buena opción si te encuentras con no dispones nada más de un enchufe casero y no sabes la potencia que puede soportar.

Me parece muy interesante esa opción porque con 6 Amperios es difícil que un schucko se tueste. Yo estoy cargando a 16 A, pero la verdad es que me sobran horas por la noche...
 

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Otra cosa que no sabía, y me he enterado hace 3 días, es que el cable que nos dan de serie para cargar desde enchufe limita la carga a 10A. Algo que desde mi punto de vista también está bien. Permite terminar la carga durante la noche. No lo había sacado de la bolsa y no lo había probado. Lo probé por primera vez la semana pasada y fue cuando vi esto. Lo indica tras la caja central del cable, y lo comprobé también en la pantalla del coche por el tiempo restante de carga.
 
Buenos días. Para los foreros de Castilla y León (no se si en otras comunidades también lo aplican) que se hayan comprado el híbrido 204 ó 245, sabed que en la declaración de la renta 2021 que presentamos este año 2022, nos podemos deducir hasta 4000€ que aplica la comunidad. Y sólo se puede declarar en el periodo impositivo en el que se matricule el vehículo, es decir, los matriculados en 2021 debemos hacerlo en la declaración que presentamos este año correspondiente al año 2021.
Yo, que no me había enterado de esto hasta ayer (me lo comunicó el comercial de Cupra que es muy amable), he hecho una regularización de mi declaración esta mañana, y ya la he presentado. Se me incrementa la devolución en 1283€.
Se supone que se deberá presentar la factura, pero no me permitía adjuntarla de forma electrónica. Así que me imagino que me llamarán para presentarla de forma presencial, o no, y lo den por bueno tirando de datos de la DGT con la matrícula.

El apartado es este:
10.8.6. Para el fomento de la movilidad sostenible
Cuantía
El contribuyente podrá deducir el 15% de las cantidades destinadas a la adquisición de uno o varios vehículos de turismo nuevo que tenga la consideración de:

  • Vehículo eléctrico puro.
  • Vehículo eléctrico con autonomía extendida.
  • Vehículo híbrido enchufable con autonomía en modo eléctrico de más de 40 kilómetros.
Requisitos
  1. El valor de adquisición del vehículo, impuestos incluidos, no podrá superar los 40.000 euros.
    Este requisito no será aplicable en el caso de vehículos adquiridos por contribuyentes fallecidos antes del 26 de febrero de 2021.
  2. El vehículo adquirido no podrá estar afecto a actividades profesionales o empresariales, cualquiera que sea el titular de estas actividades.
  3. La deducción solamente será de aplicación en el periodo impositivo en el que se matricule el vehículo.
    Cuando se matriculen en el ejercicio uno o varios vehículos la deducción puede aplicarse sobre las cantidades satisfechas para su adquisición si bien, el límite total de la deducción no puede superar de 4.000 euros por vehículo. En el caso de contribuyentes fallecidos antes del 26 de febrero de 2021 el límite total de la deducción no puede superar los 4.000 euros por declaración.
  4. El vehículo adquirido deberá mantenerse en el patrimonio del contribuyente al menos durante cuatro años desde su adquisición.
  5. La autonomía en modo eléctrico de los vehículos cuya adquisición genere el derecho a aplicar la deducción se determinará mediante la aplicación de procedimiento WLTP (Worldwide harmonized Light vehicles Test Procedure) o del procedimiento que le sustituya a efectos del Impuesto sobre Determinados Medios de Transporte.
  6. La adquisición por el contribuyente de un vehículo que genere el derecho a la aplicación de la deducción, la fecha de esta adquisición y la cantidad efectivamente satisfecha por el contribuyente se acreditarán mediante factura y la deducción solo podrá aplicarse por parte de aquel a cuyo favor se emita.
Cumplimentación
Tendrá que cumplimentar el importe satisfecho con derecho a deducción, el número de adquirientes (salvo en el caso de contribuyentes fallecidos antes del 26 de febrero) y el número de matrícula.

Si hubiese adquirido más de dos vehículos con derecho a la deducción hará constar la matrícula de los vehículos de mayor importe.

En declaración conjunta, el programa trasladará las matrículas del vehículo que corresponda a la deducción de mayor importe en las declaraciones individuales.
 
Buenos días. Para los foreros de Castilla y León (no se si en otras comunidades también lo aplican) que se hayan comprado el híbrido 204 ó 245, sabed que en la declaración de la renta 2021 que presentamos este año 2022, nos podemos deducir hasta 4000€ que aplica la comunidad. Y sólo se puede declarar en el periodo impositivo en el que se matricule el vehículo, es decir, los matriculados en 2021 debemos hacerlo en la declaración que presentamos este año correspondiente al año 2021.
Yo, que no me había enterado de esto hasta ayer (me lo comunicó el comercial de Cupra que es muy amable), he hecho una regularización de mi declaración esta mañana, y ya la he presentado. Se me incrementa la devolución en 1283€.
Se supone que se deberá presentar la factura, pero no me permitía adjuntarla de forma electrónica. Así que me imagino que me llamarán para presentarla de forma presencial, o no, y lo den por bueno tirando de datos de la DGT con la matrícula.

El apartado es este:
10.8.6. Para el fomento de la movilidad sostenible
Cuantía
El contribuyente podrá deducir el 15% de las cantidades destinadas a la adquisición de uno o varios vehículos de turismo nuevo que tenga la consideración de:

  • Vehículo eléctrico puro.
  • Vehículo eléctrico con autonomía extendida.
  • Vehículo híbrido enchufable con autonomía en modo eléctrico de más de 40 kilómetros.
Requisitos
  1. El valor de adquisición del vehículo, impuestos incluidos, no podrá superar los 40.000 euros.
    Este requisito no será aplicable en el caso de vehículos adquiridos por contribuyentes fallecidos antes del 26 de febrero de 2021.
  2. El vehículo adquirido no podrá estar afecto a actividades profesionales o empresariales, cualquiera que sea el titular de estas actividades.
  3. La deducción solamente será de aplicación en el periodo impositivo en el que se matricule el vehículo.
    Cuando se matriculen en el ejercicio uno o varios vehículos la deducción puede aplicarse sobre las cantidades satisfechas para su adquisición si bien, el límite total de la deducción no puede superar de 4.000 euros por vehículo. En el caso de contribuyentes fallecidos antes del 26 de febrero de 2021 el límite total de la deducción no puede superar los 4.000 euros por declaración.
  4. El vehículo adquirido deberá mantenerse en el patrimonio del contribuyente al menos durante cuatro años desde su adquisición.
  5. La autonomía en modo eléctrico de los vehículos cuya adquisición genere el derecho a aplicar la deducción se determinará mediante la aplicación de procedimiento WLTP (Worldwide harmonized Light vehicles Test Procedure) o del procedimiento que le sustituya a efectos del Impuesto sobre Determinados Medios de Transporte.
  6. La adquisición por el contribuyente de un vehículo que genere el derecho a la aplicación de la deducción, la fecha de esta adquisición y la cantidad efectivamente satisfecha por el contribuyente se acreditarán mediante factura y la deducción solo podrá aplicarse por parte de aquel a cuyo favor se emita.
Cumplimentación
Tendrá que cumplimentar el importe satisfecho con derecho a deducción, el número de adquirientes (salvo en el caso de contribuyentes fallecidos antes del 26 de febrero) y el número de matrícula.

Si hubiese adquirido más de dos vehículos con derecho a la deducción hará constar la matrícula de los vehículos de mayor importe.

En declaración conjunta, el programa trasladará las matrículas del vehículo que corresponda a la deducción de mayor importe en las declaraciones individuales.
Me has dejado cuajado. Lo he mirado y creo que eso no es de Castilla y León si no de toda España. Yo voy a preguntar si podemos acogernos

EDITO: Antes era de toda España (2020) ahora no lo se
 
hola una duda desde mi ignorancia, como vas a declarar un dinero q aún no has recibido?
 
Otra duda que me surge a mi, esta deducción es compatible con el plan MOVES?? Me suena haber leído que no se podían solicitar diferentes subvenciones, que eran excluyentes… pero puedo estar equivocado…
 
hola una duda desde mi ignorancia, como vas a declarar un dinero q aún no has recibido?
No puedes! Has de declararlo el año siguiente d cobrarlo! Sino no tiene sentido… porq tu haces la solicitud de subvención pero igual no te la otorgan por no cumplir todos los requisitos
 
Lo que si se puede declarar es el tipo de coche que has comprado, que imagino que es lo que ha sucedido
 
hola una duda desde mi ignorancia, como vas a declarar un dinero q aún no has recibido?
Buenas tardes:
Esto no es declaración de la subvención del dinero del plan Moves 3, no tiene nada que ver. Es una deducción aplicable a tu base imponible, igual que si se hace la declaración conjunta, o deducción por familia numerosa, o por rehabilitación de vivienda... (Hay muchas deducciones en la lista) se trata de una deducción que hace la comunidad de Castilla y León por la compra de este tipo de vehículos.
Otra cosa es el dinero que te paguen por la ayuda que recibamos por el plan Moves 3 (espero que lleguemos a recibirlo). Ese dinero no será una deducción. Eso será un ingreso que habrá que declarar y aumentará la base imponible y reducirá la cuantía de la devolución final que te haga hacienda, o aumentará la cuantía a pagar a hacienda, en caso de tener que pagar...
 
Otra duda que me surge a mi, esta deducción es compatible con el plan MOVES?? Me suena haber leído que no se podían solicitar diferentes subvenciones, que eran excluyentes… pero puedo estar equivocado…
Yo no he leído nada sobre esta deducción que diga que no se puede solicitar si ya has solicitado o vas a solicitar el Plan Moves 3. En la página de la Junta de CyL no dice nada, y en la página correspondiente de la declaración de la renta tampoco. Por lo tanto se debe poder.
 
Buenas tardes:
Esto no es declaración de la subvención del dinero del plan Moves 3, no tiene nada que ver. Es una deducción aplicable a tu base imponible, igual que si se hace la declaración conjunta, o deducción por familia numerosa, o por rehabilitación de vivienda... (Hay muchas deducciones en la lista) se trata de una deducción que hace la comunidad de Castilla y León por la compra de este tipo de vehículos.
Otra cosa es el dinero que te paguen por la ayuda que recibamos por el plan Moves 3 (espero que lleguemos a recibirlo). Ese dinero no será una deducción. Eso será un ingreso que habrá que declarar y aumentará la base imponible y reducirá la cuantía de la devolución final que te haga hacienda, o aumentará la cuantía a pagar a hacienda, en caso de tener que pagar...
Ok muchas gracias, se lo comentaré al asesor que me hace la declaración
 
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