Descuento 15% IRPF para vehiculos CERO.

JAGC

Forero Experto
Motor
1.4 e-HYBRID 204 CV DSG6
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Formentor
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Gris Magnetic
Bueno... pues tengo noticias de este hilo. Aplicadas a mi caso, claro.
Según me ha dicho uno de los técnicos de hacienda especializados en la declaración de la renta, esto no va que nos den un máximo de 3000 por el vehículo mas lo que corresponda por el punto de carga quien se lo haya puesto.
Asi que... los que tengan pesambre si lo compraron antes de la fecha que salió esto de la deducción del 15%, igual no les habría servido de nada.
Os explico mi caso:
- El borrador de la declaración de la renta me salía a -230 euros aprox. es decir me devolverían esa cantidad.
- Después de rellenar las deducciones por el punto de recarga y la compra del vehículo, me seguía saliendo lo mismo.
Por eso he llamado a hacienda y el técnico me ha dicho que va en relación a las retenciones de nuestros ingresos.
Perdonadme si no me expreso bien, no soy contable, ni aficionado a esto. Me ha dicho no quiere decir que rellenando eso nos vayan a dar 3000 y pico euros. Pues en realidad se calcula mas o menos así:
Así es como a mi me lo han dado por correcto y como el tío dice que sería, sin ninguna otra posibilidad. (que yo sepa).
Explico sin tener en cuenta el punto de carga y aplicando máximo 3000 euros, en la deducción en todos los casos.
* Mi caso:
-230 euros --> Me dan 230 euros.

* Otros casos para poner ejemplos:
-500 euros --> Le darían 500 euros.
230 euros a pagar --> Se le quedaría a 0, no tendría que pagar.
1000 euros a pagar --> Se le quedaría a 0, no tendría que pagar.
3000 euros a pagar --> Se le quedaría a 0, no tendría que pagar.
3500 euros a pagar --> 500 euros tendría que pagar.
4000 euros a pagar --> 1000 euros tendría que pagar.

Se me entiende? Espero que si. Para mi ha sido una resolución nefasta.
Que asco que gobierno.
 

EDESTAET

Forero Activo
Motor
1.4 e-HYBRID 204 CV DSG6
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Gris Magnetic
Como ha comentado el compañero, coches comprados de segunda mano no puedes deducirte en la declaración de renta ese 15%, pero si puedes solicitar el moves III, si todavía está en plazo y queda dinero de la subvención!
Pues según interpreto en un artículo de Motorpasion entiendo que también el el caso de 2ª mano y donde se expone así :
=================================================================================================
Qué vehículos son elegibles para esta ayuda
Cualquier turismo (máximo de nueve plazas y de menos de 3.500 kg de MMA) nuevo o de segunda mano destinado a un uso particular y que sea etiqueta CERO según la DGT. Es decir, un coche eléctrico de batería, un eléctrico de pila de combustible de hidrógeno (FCV), un eléctrico de rango extendido (EREV), como un Mazda MX-30 R-EV, o bien un híbrido enchufable PHEV con más de 40 km de autonomía eléctrica homologada.
=================================================================================================
Yo la verdad , es que no me entero de nada.
Tampoco encuentro lógico que sea a partir de BOE y no se conciba desde el año natural ... pero claro, que voy a decir yo ( y supongo que un montón de gente mas) si por un mes no me puedo beneficiar de la deducción .
 

EDESTAET

Forero Activo
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1.4 e-HYBRID 204 CV DSG6
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Gris Magnetic
Bueno... pues tengo noticias de este hilo. Aplicadas a mi caso, claro.
Según me ha dicho uno de los técnicos de hacienda especializados en la declaración de la renta, esto no va que nos den un máximo de 3000 por el vehículo mas lo que corresponda por el punto de carga quien se lo haya puesto.
Asi que... los que tengan pesambre si lo compraron antes de la fecha que salió esto de la deducción del 15%, igual no les habría servido de nada.
Os explico mi caso:
- El borrador de la declaración de la renta me salía a -230 euros aprox. es decir me devolverían esa cantidad.
- Después de rellenar las deducciones por el punto de recarga y la compra del vehículo, me seguía saliendo lo mismo.
Por eso he llamado a hacienda y el técnico me ha dicho que va en relación a las retenciones de nuestros ingresos.
Perdonadme si no me expreso bien, no soy contable, ni aficionado a esto. Me ha dicho no quiere decir que rellenando eso nos vayan a dar 3000 y pico euros. Pues en realidad se calcula mas o menos así:
Así es como a mi me lo han dado por correcto y como el tío dice que sería, sin ninguna otra posibilidad. (que yo sepa).
Explico sin tener en cuenta el punto de carga y aplicando máximo 3000 euros, en la deducción en todos los casos.
* Mi caso:
-230 euros --> Me dan 230 euros.

* Otros casos para poner ejemplos:
-500 euros --> Le darían 500 euros.
230 euros a pagar --> Se le quedaría a 0, no tendría que pagar.
1000 euros a pagar --> Se le quedaría a 0, no tendría que pagar.
3000 euros a pagar --> Se le quedaría a 0, no tendría que pagar.
3500 euros a pagar --> 500 euros tendría que pagar.
4000 euros a pagar --> 1000 euros tendría que pagar.

Se me entiende? Espero que si. Para mi ha sido una resolución nefasta.
Que asco que gobierno.
Pues muchas gracias por la aclaración y ayuda, yo desde luego no eme entero lo suficiente ni mucho menos y , para mayor seguridad recurro siempre a la gestoría para la renta. Lo que si no me parece del todo justo es el periodo escogido para la aplicación del BOE , entiendo que lo lógico sería año natural pero contra gustos colores.
 

goku0901

Forero Experto
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Aguilas
Motor
1.5 TSI 150 CV
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Blanco
Total que esta hecho para millonetis, pa los que ganais buenos billetes :ROFLMAO: :ROFLMAO: porque a los mortales normales siempre nos sale a devolver,con lo cual a alguien que la renta le salga a pagar unos 3000 euros es porque ha ganado muuuuuucho y digo muuucho dinero, lo dicho, los ricos, como siempre, favorecidos
 

Rae.8

Forero Novato
Pues según interpreto en un artículo de Motorpasion entiendo que también el el caso de 2ª mano y donde se expone así :
=================================================================================================
Qué vehículos son elegibles para esta ayuda
Cualquier turismo (máximo de nueve plazas y de menos de 3.500 kg de MMA) nuevo o de segunda mano destinado a un uso particular y que sea etiqueta CERO según la DGT. Es decir, un coche eléctrico de batería, un eléctrico de pila de combustible de hidrógeno (FCV), un eléctrico de rango extendido (EREV), como un Mazda MX-30 R-EV, o bien un híbrido enchufable PHEV con más de 40 km de autonomía eléctrica homologada.
=================================================================================================
Yo la verdad , es que no me entero de nada.
Tampoco encuentro lógico que sea a partir de BOE y no se conciba desde el año natural ... pero claro, que voy a decir yo ( y supongo que un montón de gente mas) si por un mes no me puedo beneficiar de la deducción .
Pues ese es el asunto , te puedo poner enlaces de hasta 10 revistas “supuestamente especializadas “ que dicen esto mismo, incluso una página de coches de ocasión, algunos artículos de hace 6 días , pues todos mentira por lo visto. En fin , mi gozo en un pozo.
 

marcs

Forero Experto
Motor
1.4 e-HYBRID 204 CV DSG6
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Formentor
Color
Negro Midnight
Pues ese es el asunto , te puedo poner enlaces de hasta 10 revistas “supuestamente especializadas “ que dicen esto mismo, incluso una página de coches de ocasión, algunos artículos de hace 6 días , pues todos mentira por lo visto. En fin , mi gozo en un pozo.
Bueno… es que está claro que para escribir una revista no hace falta ser muy entendidoo!!
 

stove121

Forero Activo
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Zaragoza
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1.4 e-HYBRID 204 CV DSG6
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Bueno... pues tengo noticias de este hilo. Aplicadas a mi caso, claro.
Según me ha dicho uno de los técnicos de hacienda especializados en la declaración de la renta, esto no va que nos den un máximo de 3000 por el vehículo mas lo que corresponda por el punto de carga quien se lo haya puesto.
Asi que... los que tengan pesambre si lo compraron antes de la fecha que salió esto de la deducción del 15%, igual no les habría servido de nada.
No dan dinero, te devuelven parte de los impuestos que hayas pagado o tengas que pagar. Lo que hacen es restar de la parte estatal de las retenciones que tengas la cantidad que salga a deducir. En la mayoria de nuestros casos la deducción es: - 3.000€ por la compra del coche, - X de los gastos, -Y del punto de carga.

Si no te han retenido nada no te devuelven nada. Si te han retenido 6000 en la parte estatal te restarían - 3.000€ por la compra del coche, - X de los gastos, -Y del punto de carga. Esto no implica que te devuelvan, te puede salir a pagar dependiendo de otros factores.
 

Escurrugurru

Forero Novato
Motor
1.4 e-HYBRID 204 CV DSG6
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Gris Magnetic Mate
Cuidado con esto a los que tenéis el coche financiado:
Para poder beneficiarse de esta medida, el coche debe estar matriculado entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. Esto es importante porque si todavía no tenemos el coche, podremos acceder a la deducción del 15% si en el ejercicio anterior ya hicimos un pago a cuenta de, al menos, el 25% del valor total del vehículo.
Eso sí, desde Hacienda exigen que, si el coche fue comprado en 2023, tendremos que haber pagado todos los plazos antes del 31 de diciembre de 2025. Si el coche ha sido adquirido en este 2024, tendrá que ser pagado antes del 31 de diciembre de 2026.
O sea, que los que los que lo han pagado al contado, sin problema, los que han financiado a máximo dos años, sin problema, pero los que han financiado a más de dos años, no se pueden deducir ese 15% del IRPF.
Cuidado con esto a los que tenéis el coche financiado:
Para poder beneficiarse de esta medida, el coche debe estar matriculado entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. Esto es importante porque si todavía no tenemos el coche, podremos acceder a la deducción del 15% si en el ejercicio anterior ya hicimos un pago a cuenta de, al menos, el 25% del valor total del vehículo.
Eso sí, desde Hacienda exigen que, si el coche fue comprado en 2023, tendremos que haber pagado todos los plazos antes del 31 de diciembre de 2025. Si el coche ha sido adquirido en este 2024, tendrá que ser pagado antes del 31 de diciembre de 2026.
O sea, que los que los que lo han pagado al contado, sin problema, los que han financiado a máximo dos años, sin problema, pero los que han financiado a más de dos años, no se pueden deducir ese 15% del IRPF.
He realizado una consulta a Hacienda para este caso y me han dicho que si financias la compra del coche si que puedes aplicarte la deducción del 15% del IRPF. Financias la compra, pero la financiera abona la totalidad de la compra al concesionario, con lo que el coche está totalmente pagado desde el punto de vista del vendedor
 

eljuli

Forero Experto
Ubicación
Toledo
Motor
1.5 TSI 150 CV DSG7
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Formentor
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Rojo Desire
He realizado una consulta a Hacienda para este caso y me han dicho que si financias la compra del coche si que puedes aplicarte la deducción del 15% del IRPF. Financias la compra, pero la financiera abona la totalidad de la compra al concesionario, con lo que el coche está totalmente pagado desde el punto de vista del vendedor
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